¿Qué es un tratado internacional?
En el artículo 38 de la Corte Internacional de Justicia, organismo jurídico de las Naciones Unidas a cargo de dictar resoluciones de controversias entre Estados, se definen jerárquicamente como fuentes del Derecho Internacional a las Convenciones -generalmente, tratados multilaterales-, al derecho consuetudinario, principios generales del derecho, decisiones judiciales y enseñanzas de los más calificados publicistas.
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A diferencia de las demás fuentes del derecho internacional, los tratados son evidencia expresa de consentimiento de los Estados para regular sus intereses. Son en específico útiles cuando los Estados necesitan cambiar o reorganizar sus obligaciones dentro del derecho internacional de forma rápida, en muchos casos para cambiar la realidad de la sociedad internacional.
Previo a la cristalización de las normas entre estados encontradas en los tratados, gran parte del Derecho Internacional se interpreta desde la costumbre del actuar de los Estados (países), a esto se le conoce como derecho internacional consuetudinario (customary international law) y está estrechamente ligado con la ley de los tratados ya que los tratados de ser multilaterales y ratificados por la mayoría de los países dentro de la comunidad internacional, se consideran un estándar (customary law) para la comunidad internacional en su totalidad.
Un ejemplo es la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar que al ser adoptado por la mayoría de la comunidad internacional, pasó a ser customary internacional law incluso para países que no la adoptaron.
Conforme la creación de tratados incrementa, ha sido necesario crear reglas para cuestiones sobre su formación, su entrada en vigor, principios de interpretación, procedimientos para invalidarlos, y terminarlos así como las limitaciones (reservas), lo que se conoce como la el Derecho de de los Tratados (law of treaties).
Todas estas reglas están contenidas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados que define como Tratado “un Tratado significa un acuerdo concluido entre estados, de forma escrita y gobernado por el derecho internacional, ya sea por un solo instrumento, dos o más.
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