En la mayoría de los países del mundo, las bebidas alcohólicas se venden por botellas de 75 centilitros (750 mL).
Sin embargo, en Europa, la reglamentación distingue entre las botellas de vino y las botellas de bebidas espirituosas (como el Tequila o el Mezcal).
Bebidas alcohólicas: Diferencia entre fermentados y bebidas espirituosas
Se considera bebida espirituosa a aquellas con contenido alcohólico procedentes de la destilación de materias primas agrícolas; la producción de estas representa bienestar para el sector agroalimentario y los productores.
En cuanto al vino, se obtiene por maceración y fermentación de uva. Otro ejemplo que cae bajo esta categoría puede ser la cerveza.
Reglamentación europea:
El anexo 1 de la directiva 2007/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del 5 de septiembre de 2007 por la que se establecen normas relativas a las cantidades nominales para productos preenvasados, dispone que las bebidas espirituosas solo pueden ser vendidas por 100, 200, 350, 500, 700, 1 000, 1 500, 1.750, o 2.000 mililitros.
Es decir que en la Unión Europea, el Tequila y el Mezcal no se pueden vender por 75 centilitros (750 mililitros ).
La dificultad para el comercio exterior:
Eso plantea un problema para las empresas mexicanas que quieren exportar Tequila en Europa. De hecho, en México las empresas de envasamiento de Mezcal y de Tequila suelen envasar el Tequila y el Mezcal en botellas de 75 centilitros y pocas son las empresas de envasamiento que aceptan envasar Tequila o Mezcal en botellas de 70 centilitros.
La diferencia de tratamiento entre el vino y las bebidas espirituosas está calificada por algunos países como una medida proteccionista, destinada a aventajar el vino frente a las bebidas espirituosas.
De hecho, el vino y las bebidas espirituosas se pueden considerar como productos competentes, ya que pueden responder a una misma necesidad y a un mismo uso.
Solución possible:
En abril de 2023 una Dirección Regional de Empresas, de la Competencia, del Consumo, del Trabajo y del Empleo de Francia (DREETS), publicó un documento en el cual da una solución, de acuerdo a la reglamentación europea.
Es posible vender 70 centilitros de Tequila en una botella de 75 centilitros. La condición es que la cantidad de bebida presente en la botella está claramente escrita en la etiqueta. Sin esa indicación, el vendedor podría ser acusado de querer engañar al consumidor.
Aunque la Corte de Justicia de la Unión Europea todavía no se pronunció sobre esta práctica, no parece contraria a ningún reglamento europeo. Además, la DREETS siendo una autoridad especializada en derecho de la competencia y del consumo, está especializada en derecho de la Unión europea.
Sin embargo, es necesario tomar en cuenta que la directiva 2007/45/CE es un texto europeo que dispone objetivos que los diferentes Estados deben de cumplir. Cada país tiene una cierta libertad en la transposición de esa directiva. Pueden decidir limitarse a seguir las exigencias de la directiva, o ir más allá de esas exigencias.
Así que si la solución de la DREETS es válida en Francia, y es conforme con el derecho europeo, es necesario tomar en consideración las leyes nacionales de cada Estado
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