Cuando la factura comercial se usa para demostrar la propiedad de bienes muebles, frente a terceros, es decir, genera un fuerte indicio que requeriría la concurrencia de otros elementos en el mismo sentido, como el silencio del demandado. En algunos casos donde tal documento se ha generalizado con este uso, como en los automóviles, puede tener plena fuerza probatoria, salvo prueba en contrario.
Es decir que si un vendedor de un bien mueble crea una factura comercial, él o el comprador, la podrán usar como indicio en contra de una tercera persona, para comprobar la propiedad del bien. Sin embargo, se necesitarán otros indicios.
Cuando la factura comercial se usa como documento preparatorio o ejecutivo de una compraventa comercial, y que se presenta contra el vendedor, es susceptible de generar plenitud probatoria de su proveniencia del acto comercial que ahí se documenta. Para eso, es necesario se demuestre que la factura proviene del talonario con los folios respectivos del proveedor, porque de ese modo se puede demostrar su autenticidad, no obstante que no contengan la firma de quien expide.
En cambio, si la factura se presenta contra el cliente, el valor probatorio depende de acreditar su vinculación con el acto comercial atribuido, mediante la aceptación, sea expresa o tácita.
Es decir que si un vendedor quiere vender un bien a un cliente, pero que se presenta una factura comercial comprobando que el bien ya fue vendido y ya no pertenece al vendedor, la factura tiene el carácter de prueba. Si en el mismo contexto, la factura se usa en contra del cliente, será necesario acreditar la vinculación de la factura con la primera venta que acredita.
Esa sentencia demuestra que el valor probante de la factura comercial ante un tribunal depende mucho del contexto y del objetivo para el cual está usada. Por eso te aconsejamos que tengas otros documentos comprobando el acuerdo comercial, como un contrato escrito.